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martes, 15 de agosto de 2023

Construcción de presas por el sector privado que pretende Abinader daría prioridad a uso comercial del agua, establece la FP


 Santo Domingo.- El secretario de Energía de la Fuerza del Pueblo, Juan Gómez, denunció el gobierno intenta cambiar la prioridad del agua, que en un principio se establece para el consumo humano, con el objetivo de favorecer sectores empresariales.

La denuncia hecha por Juan Gómez y un equipo de expertos en el tema de Energía, se basa en un anuncio hecho por el gobierno, en la persona del administrador de EGEHID,  Rafael Salazar, en periódicos de circulación nacional, de que se construirán las presas de Las Placetas, de unos 300 MW y; Artibonito, de 52 MW; con inversión privada.

Ante esta información, la FP señaló, en conferencia de prensa, que existe el riesgo de que: "A la hora de que el interés comercial prime y sean más importantes los dividendos, está claro que el orden de prioridad del uso de agua será variado por parte de la gestión empresarial que nos gobierna".

"Cabe resaltar que, en aquellas centrales hídricas de uso mixto, el orden de prioridad en el uso del agua es: 1ro. para el consumo humano; 2do. para regadío y labores agrícolas en sentido general, subsistencia de animales, control de inundaciones y, 3ro. para la producción de electricidad; es decir que, el turbinado está en el último lugar", dijo el titular de Energía y Minas de la FP, actuando como vocero.

La posición de la organización política, de acuerdo al documento que se leyó es de una, "Marcada oposición a la intención del Gobierno de enajenar, bajo cualquier modelo, a la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (EGEHID), por tratarse de una empresa ligada a un recurso estratégico (agua) y, la misma estar en franca violación a la Constitución Dominicana; a la Ley 64-00, sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales; a la Ley 141-97, de Reforma de la Empresa Pública; a la Ley General de Electricidad, 125-01; a la Ley 6, del 9 de septiembre de 1965, que crea El Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI) y; al decreto 428-98; pues dichas normativas solo permiten que el sector privado haga inversiones en proyectos hasta 5 MW".

Continuó expresando que: "Al parecer, el marcado interés de la actual gestión de beneficiar a sectores privados, prima, sin importar que los mismos tomen un bien público de interés social, para que pase a ser un bien comercial". 

"La EGEHID es una empresa pública rentable para el Estado dominicano, que en el año 2022 suplió un 7.1% de la demanda del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI), y que ofrece la posibilidad de que con sus ingresos se puedan estructurar proyectos que permitan seguir con la expansión de la empresa y detener la gestión de manera deficiente y con falta de criterio, en la que se hacen gastos en obras que están fuera de las áreas adyacentes de las presas y, además, ajenas a su programa de responsabilidad social y a su misión y visión como empresa generadora, que es gestionar con eficiencia los recursos hidroeléctricos. Esa desacertada política administrativa ha convertido a la empresa EGEHID en un nicho de clientelismo político al servicio de proyectos individuales de funcionarios y dirigentes partidarios", explicó Gómez sobre la conveniencia de EHEHID siga siendo un activo del Estado dominicano.

Puntos que FP aconseja al gobierno considerar

1. La Constitución Dominicana de 2010, en su Artículo 15, referente a los recursos hídricos, establece que: “El agua constituye patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida. El consumo humano del agua tiene prioridad sobre cualquier otro uso. El Estado promoverá la elaboración e implementación de políticas efectivas para la protección de los recursos hídricos de la Nación”.

2. En consonancia con la Constitución de la República, la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, en su Artículo 126, estipula que: “Todas las aguas del país, sin excepción alguna, son propiedad del Estado y su dominio es inalienable, imprescriptible e inembargable. No existe propiedad privada de las aguas, ni derechos adquiridos sobre ellas”.

3. De igual forma, la Ley 64-00, en su Artículo 127, expresa que: “Toda persona tiene derecho a utilizar el agua para satisfacer sus necesidades vitales de alimentación e higiene, la de su familia y de sus animales, siempre que con ello no cause perjuicio a otros usuarios, ni implique derivaciones o contenciones, ni empleo de máquinas o realización de actividades que deterioren y/o menoscaben de alguna manera, el cauce y sus márgenes, alteren, contaminen o imposibiliten su aprovechamiento por terceros”.

4. Mediante la Ley 141-97, de Reforma de la Empresa Pública, se llevó a cabo el proceso de capitalización de la antigua Corporación Dominicana de Electricidad (CDE), creándose la base para constituir las tres empresas de distribución (Edenorte, Edesur y Edeeste), las tres empresas de generación (Egehaina, Egeitabo y Egehid) y, una empresa de transmisión (Eted).

5. Desde el principio, la administración del gobierno (para la fecha) decidió, con la inyección de inversión privada, capitalizar las tres distribuidoras y las generadoras térmicas Egehaina y Egeitabo; en cambio, por la importancia estratégica para el país, decidió mantener en manos del Estado las centrales hidroeléctricas, así como, la transmisión de electricidad, pudiendo el sector privado participar en pequeñas centrales, menores de 5 megavatios, no de 52 o 300, como pretende la actual administración.

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